Auto Supremo AS/0312/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0312/2019

Fecha: 14-Jun-2019

Se regula honorario profesional en la suma de Bs

En base a lo relacionado, corresponde resolver el recurso de casación en la forma y el fondo interpuesto por la parte recurrente, en el marco de la disposición legal contenida en 220. II del CPC-2013, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184. I de la CPE y 42. I. 1) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma de fs. 170 a 172, interpuesto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, representada por su apoderada Mary Elizabeth Velasco Bautista, contra el Auto de Vista N° 01/2018 de 18 de enero, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
Se regula honorario profesional en la suma de Bs.- 1.000, que mandará a pagar el Juez de primera instancia