Se regula honorario profesional en la suma de Bs
En base a lo relacionado, corresponde resolver el recurso de casación en la forma y el fondo interpuesto por la parte recurrente, en el marco de la disposición legal contenida en 220. II del CPC-2013, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184. I de la CPE y 42. I. 1) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma de fs. 170 a 172, interpuesto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, representada por su apoderada Mary Elizabeth Velasco Bautista, contra el Auto de Vista N° 01/2018 de 18 de enero, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
Se regula honorario profesional en la suma de Bs.- 1.000, que mandará a pagar el Juez de primera instancia
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184. I de la CPE y 42. I. 1) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma de fs. 170 a 172, interpuesto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, representada por su apoderada Mary Elizabeth Velasco Bautista, contra el Auto de Vista N° 01/2018 de 18 de enero, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
Se regula honorario profesional en la suma de Bs.- 1.000, que mandará a pagar el Juez de primera instancia
- Tramitado el proceso laboral de pago de sueldos devengados y otros, el Juez Quinto de
- Interpuestos los recursos de apelación por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (MTEPS)
- II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Argumenta que incluso el art
- Mediante decreto de 26 de marzo de 2018 de fs
- Mediante Auto de 4 de junio de 2018, fs
- Conforme las características de este medio de impugnación, quien recurre de casación, debe citar la
- En el caso de autos, la entidad recurrente, efectúa una cita ampulosa de normativa, haciendo
- De revisión de actuados procesales, y en el entendido de que el recurrente intenta cuestionar
- Pese a ello, y en relación con la supuesta incompetencia del Juez a quo como
- El Supremo Tribunal al resolver casos similares, estableció de manera uniforme que no corresponde a
- En el caso que se analiza, el proceso de pago de salarios devengados y otros,
- Bajo ese marco normativo se llega a la conclusión, que el Tribunal Ad quem en
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
