Auto Supremo AS/0325/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0325/2019

Fecha: 14-Jun-2019

Con base en el análisis jurídico legal precedente, sobre el pago del subsidio de frontera

Sobre el subsidio frontera y el Aguinaldo de Navidad
Con base en el análisis jurídico legal precedente, sobre el pago del subsidio de frontera ordenados en Sentencia Nº 397 017 de 4 de octubre de 2017 y confirmado por el Auto de Vista Nº 57/18 de 12 de marzo de 2018, este derecho está reconocido como derecho adquirido por el funcionario o servidor público, o trabajador privado, que desempeña sus funciones dentro de los 50km lineales de las fronteras internacionales, ello de conformidad con el art. 12 del DS Nº 21137, correspondiente al 20% del salario mensual. En merito a ello, se puede evidenciar que éste precepto establece que para beneficiarse de este subsidio, el trabajador o trabajadora –independientemente del sector en el que desempeña su labor o la modalidad de su contratación–, basta que desarrolle sus funciones dentro de un área comprendida en los 50km linéales con las fronteras internacionales, sin hacer mención o distinción alguna sobre la naturaleza de los trabajos a realizarse o los tipos de contratos suscritos para la prestación de sus servicios, realizando una interpretación progresiva de la norma