Auto Supremo AS/0425/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2019-RRC

Fecha: 11-Jun-2019

Radicada la causa en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La


Radicada la causa en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió el recurso de apelación restringida, mediante el Auto de Vista impugnado, que declaró admisible e improcedente el recurso interpuesto por el recurrente, confirmando la Sentencia apelada, refiriendo con relación a la denuncia del defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, en sentido de que el presente proceso versa sobre un delito de Violación, que se debería probar con el certificado forense (MP-PD1), y que ninguno de los testigos fue presencial; que por un lado existió valoración de las pruebas en el acápite Pruebas del Ministerio Público, además del Voto de los miembros del Tribunal, donde se estableció los hechos probados y no probados, y se realizó una valoración de la declaración de la víctima en forma conjunta con otras pruebas como la inspección ocular, reconstrucción, certificados forenses e informes y evaluaciones psicológicas, de lo que se colige que se realizó una valoración armónica y conjunta existiendo la debida motivación y valoración de las pruebas en Sentencia, siendo que debe quedar claro que una Sentencia es el resultado de la valoración integral de las pruebas judicializadas, al ser que en materia penal no existe una prueba reina y rige la libertad probatoria conforme los arts. 171, 173 y 359 del CPP, es así que se debe actuar conforme el art. 333 del CPP, en cuanto a su admisión y producción a momento de realizarse el análisis intelectivo, empezando con una completa descripción de los medios probatorios y finalmente una fundamentación jurídico coherente, y en el caso de la Sentencia se evidencia que se pusieron a consideración las pruebas presentadas por el acusador