Auto Supremo AS/0447/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2019-RA

Fecha: 17-Jun-2019

Señalan que en el apartado IV, Conclusión novena, líneas 21 a 24 del Auto de


Señalan que en el apartado IV, Conclusión novena, líneas 21 a 24 del Auto de Vista impugnado, el Tribunal de alzada precisó que los apelantes no cumplieron con el requisito de invocar el precedente contradictorio conforme señala el art. 417 del CPP, siendo que en su criterio, debió darse cumplimiento al primer párrafo del art. 399 del CPP, posibilitando se pueda subsanar el defecto advertido dentro del plazo de tres días, no habiéndose obrado de esta manera consideran vulnerado el principio pro actione así como su derecho a la impugnación, citando el art. 180.II de la CPE, asimismo, su derecho a la defensa, citando los arts. 8 del Pacto de San José de Costa Rica, y, 115.II y 119.II de la CPE