Sobre la temática invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 25 de 4 de febrero
Por lo que, dice demostró el error en la valoración de la prueba que genera dudas sobre los hechos acusados y su tipificación, vulnerando los arts. 124, 173, 359, 360 y 370 del CPP.
Sobre la temática invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 25 de 4 de febrero de 2010, 315 de 25 de agosto de 2006 y 64 de 27 de enero de 2007; empero, no cumple con las previsiones establecidas en el art. 416 del CPP, al no precisar cuál el hecho similar sobre los defectos en que hubiese incurrido el Tribunal de alzada en el Auto de Vista impugnado, con relación a la falta de análisis respecto a la defectuosa valoración probatoria que hizo el Tribunal de Sentencia y la doctrina legal de los precedente invocados, a fin de realizar el examen de contrastación, más simplemente se avoca a enunciar la nominación del precedente, imposibilitando todo contraste sobre disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, o en razón a preceptos a aplicarse y sobre la solución pretendida
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el acusado Erlan Clebert Ordoñez Hoyos (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Con relación al punto denunciado, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 360/2012 de 28
- Acusa que, el Tribunal de alzada con relación al agravio de defecto de sentencia incurso
- Con relación al presente motivo, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 21 de 26
- Sobre el agravio de defecto de sentencia incurso en el art
- Consiguientemente, acusa que el Tribunal de alzada no ejerció su labor de analizar la defectuosa
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto al primer motivo, acusa que el Auto de Vista recurrido declaró sin lugar la
- Respecto al tercer motivo, el recurrente inobservó su obligación de invocar precedentes contradictorios para dicha
- Respecto al cuarto motivo, acusa sobre el agravio de defecto de sentencia incurso en el
- Sobre la temática invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 25 de 4 de febrero
- Sin embargo, teniendo en cuenta que este Tribunal estableció los presupuestos de flexibilización para la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
