Auto Supremo AS/0564/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2019

Fecha: 06-Jun-2019

2)El Tribunal de alzada quebranto los arts


Denuncia que el fallo recurrido, inobservo que su persona expuso doctrina, jurisprudencia, como contempla el ordenamiento jurídico nacional vigente, haciendo referencia a los arts. 9, 13, 14, 19, 20, 24, 56, 108 nums. 1), 2), 3) y 9), 109, 110, 115, 119, 120, 180 y 410 de la Constitución Política del Estado, arts. 3 nums. 3), 6) y 12), 15 y 30 nums. 1), 4), 6), 7), 8), 11), 12) y 13) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y arts. 1, 3, 4, 5, 6, 7, 25, 145 y 213 de la Ley Nº 439, concordante con los arts. 2, 3 nums. 2) y 3), 87, 90, 91, 190, 192, 193, 194 y 397 del Código de Procedimiento Civil, normas que indica son de orden público y de cumplimiento obligatorio, debiendo el Tribunal Ad quem ajustar sus fallos a los principios, derechos y garantías constitucionales, como el debido proceso, la legalidad, la seguridad jurídica y verdad material, por cuanto toda resolución judicial, debe estar debida y legalmente motivada y fundamentada de suerte que las partes, tengan pleno conocimiento del porque se tomó la decisión, lo que asevera no aconteció en el caso de autos, al ser un fallo incompleto que infringió disposiciones constitucionales y legales incumpliéndolos.

2)El Tribunal de alzada quebranto los arts. 115 y 180 de la Constitución Política del Estado y de preceptos legales