Auto Supremo AS/0395/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2019

Fecha: 31-Jul-2019

Ahora bien, la entidad recurrente cuestiona el fallo del Tribunal de segunda instancia, señalando que

Ahora bien, la entidad recurrente cuestiona el fallo del Tribunal de segunda instancia, señalando que este habría incurrido en mala aplicación del art. 109-II y art. 180 par. I de la CPE, art. 1287-I del CC, art. 52 del CSS y art. 32 del MPRCPA, al revocar las resoluciones de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto y la Comisión de Reclamación del SENASIR, que desestimaron la renta única de viudedad solicitada por la ahora demandante, sin haber considerado, que la única prueba fehaciente de la unión matrimonial es el certificado de matrimonio, que en este caso resulta contradictorio con el certificado emitido por el Servicio de Registro de Ciudadanos, que advierte dos uniones conyugales de la derecho-habiente, y no obstante de no existir prueba alguna de la disolución del segundo matrimonio, considera que la derecho-habiente, no tenía libertad de estado a momento de contraer nupcias con el causante, quien a decir del SENASIR, no puede reclamar una renta de viudedad que no le corresponde