De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 90-A/2016 de 23 de marzo (fs. 1153 a 1161), el Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Santos Samuel Quispecahuana Quenta, autor y culpable del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 1) y 3) del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, con costas y reparación del daño civil averiguables en ejecución de Sentencia.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Santos Samuel Quispecahuana Quenta, formuló recurso de apelación restringida (fs. 1223 a 1244), resuelto por Auto de Vista 83/2018 de 3 de diciembre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró su improcedencia, manteniendo incólume la Sentencia impugnada.
Por diligencia de 5 de febrero de 2019 (fs. 1488), el recurrente fue notificado con el Auto Complementario; y, el 12 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 12 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Acusa que el Auto de Vista impugnado es contrario a los Autos Supremos 100/2005 de
- Expresa que el Auto de Vista impugnado fuese contradictorio con los Autos Supremos 438/2005 de
- Señala que el Auto de Vista impugnado contradijo el precedente 438/2005 de 15 de octubre,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 5 de febrero de 2019, el
- Como primer motivo traído en casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada
- En cuanto al segundo motivo de casación, acusa que el Auto de Vista impugnado contradijo
- Respecto al tercer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado
- Con relación al cuarto motivo traído en casación, el recurrente denuncia que el Auto de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
