Auto Supremo AS/0654/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0654/2019

Fecha: 05-Jul-2019

Asimismo señala que la excepción de litispendencia por su naturaleza dilatoria

Asimismo señala que la excepción de litispendencia por su naturaleza dilatoria no pudo excluir el fondo del derecho sustantivo por lo que la parte demandada tendría la carga procesal de demostrarla, y no encontraría justificativo para revocar la sentencia a pesar del supuesto defecto, tampoco anularla, pues esa excepción no implicaría la improcedencia o infundabilidad de la pretensión de la parte actora y si esta no fuere oportunamente opuesta, la negligencia de la parte que podía invocarla no podría servir como fundamento que justifique la nulidad procesal, resultando el error intrascendente al no existir indefensión y su transcendencia