Auto Supremo AS/0688/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0688/2019

Fecha: 16-Jul-2019

III.2. De la valoración de la prueba

Port otro lado el actual Código de las Familias y del Proceso Familiar Ley Nº 603 en su art. 190.I y II señala: “I. Los bienes se presumen comunes, salvo que se pruebe que son propios de la o el cónyuge. II. El reconocimiento que haga uno de los cónyuges en favor de la o del otro sobre el carácter propio de ciertos bienes surte efecto solamente entre ellos, sin afectar a terceros interesados”.
III.2. De la valoración de la prueba