Las resoluciones de primera y segunda instancia, concluyeron en la división y partición de los
Las resoluciones de primera y segunda instancia, concluyeron en la división y partición de los bienes gananciales: 1.- El bien inmueble ubicado en la calle Víctor Flores casi esquina Caracas, respecto a las construcciones realizadas en el mismo, estarían dentro del tiempo de la relación matrimonial, ya que no existe prueba contundente que acredite que la construcción fue anterior a la vigencia del matrimonio y por los argumentos expuestos por las partes litigantes, quienes alegaron que se hubiera realizado los cimientos cuando era una vivienda precaria y ahora con edificaciones presumiendo la ganancialidad de la construcción, además de las pericias practicadas dentro de la presente causa y en el proceso de divorcio, acredito que la construcción fue realizada dentro de la relación conyugal, por lo que es divisible, declarando bienes comunes los inmuebles construidos, descontado el valor del suelo; 2.- El monto de Bs. 199.731,91 en la cuenta del Banco Nacional de Bolivia dicha suma no pertenecería al préstamo de dinero (Bs. 195.000) que cursa de fs. 93 a 95, siendo que este documento fue suscrito el 8 de junio de 2013, sin embargo el extracto del BNB cursante de fs. 65 a 67, demostró que la cantidad de dinero referida correspondía a la gestión 2012, mucho antes de la suscripción del documento de préstamo, por lo que no se evidencia ninguna transacción activa o pasiva de dinero obtenido por crédito el año 2013, asimismo no se evidencia que la parte demandante haya ingresado a la cuenta bancaria y mucho menos al documento de préstamo y cancelación del mismo, además se tiene que dicha deuda hubiera sido cancelada por el deudor ahora demandado estando libre de esa obligación. Respecto a la vagoneta Rav 4 modelo 1995 de color azul, que por documentación adjuntada, cursante de fs. 87 a 90, se evidenció la transferencia del vehículo al hermano del demandado Paulino Choque Ramos que data del 10 de octubre de 2013, al haber sido transferido no se puede referir nada al respecto, por haber salido del grupo de bienes gananciales, consecuentemente concluyeron que sea partible el bien inmueble en litigio y sus construcciones respetando el valor del terreno del demandado, así como la suma de dinero en la cuenta del Banco Nacional de Bolivia
- Expediente: PT-6-19-S
- Partes: Elísea Arpa Ramírez de Choque c/ Félix Choque Ramos
- Distrito: Potosí
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- 4
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Félix Choque Ramos, en lo
- Petitorio
- Solicita se case el Auto de Vista impugnado o en su defecto anule obrados hasta
- Contestación de recurso de casación de fs. 314 y vta
- En respuesta al recurso de casación la parte demandante, señala que se debe individualizar las
- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 80/2014 de 18 de marzo, se orientó respecto a la
- La comunidad se constituye aunque uno de los cónyuges tenga más bienes que el otro
- Por otra parte, el art
- De las citadas disposiciones legales se establece que nuestro Código de Familia, de los distintos
- Así establecida la comunidad de gananciales como sistema o régimen de orden legal, ciertamente es
- Si bien tiene la característica de irrenunciable, pero esa situación nada impide que los
- Bajo ese razonamiento, si se considera que la distribución de los bienes gananciales es legal,
- El art
- III.2. De la valoración de la prueba
- Con relación a la valoración de la prueba se indicó en el Auto Supremo N°
- III.3. Sobre el principio de comunidad de la prueba
- Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- III.4. Del alcance probatorio de la confesión provocada
- De acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico de la Ley Nº 439-Código Procesal Civil- señala de
- De lo que corresponde a la confesión podemos mencionar a autores como: Hernando DEVIS ECHANDIA,
- Por el contenido de nuestro ordenamiento jurídico procesal Civil y escritores de la materia, que
- CONSIDERANDO IV
- Mediante memorial cursante de fs
- Del contenido de la prueba de cargo y descargo más relevantes a la presente litis,
- Antes de ingresar a un mayor análisis es necesario puntualizar que conforme a lo delineado
- Las resoluciones de primera y segunda instancia, concluyeron en la división y partición de los
- Bajo ese contexto, y del reclamo traído a casación sobre la errónea valoración probatoria respecto
- El reclamo del punto 2, de la errónea valoración de los hechos a fs
- Es preciso señalar el punto III
- De este punto en controversia y con la revisión de obrados el A quo no
- De la contestación al recurso de casación, respecto a la valoración probatoria sobre las construcciones
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
