Auto Supremo AS/0698/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0698/2019

Fecha: 19-Jul-2019

- Que en la sentencia se califica como un hecho no probado los daños y

- Que en la sentencia se califica como un hecho no probado los daños y perjuicios demandados, basta con revisar la demanda reconvencional de los demandados para inferir la mala fe con la que actuaron dilatando los procesos y que el incumplimiento causó daño económico a la entidad crediticia demandante