Auto Supremo AS/0698/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0698/2019

Fecha: 19-Jul-2019

En cuanto al recurso de apelación deducido por el Banco Unión: a) Que, en las

En cuanto al recurso de apelación deducido por el Banco Unión: a) Que, en las obligaciones pecuniarias, el art. 339 del Código Civil, expresamente señala que en este tipo de obligaciones que tienen por objeto una suma de dinero, el resarcimiento por el retraso en el incumplimiento solo consiste en el pago de los intereses legales que produce o el pactado por las partes, no existiendo posibilidad de otro resarcimiento por daños y perjuicios; b) Que en el caso del préstamo de dinero otorgado por el Banco Unión S.A., a favor de los demandados, se establece que se consensuó entre las partes intereses convencionales, por lo que, los daños y perjuicios pretendidos y reclamados por el Banco se traducen en el pago de intereses