Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no siendo evidente lo alegado en el Recurso de Casación planteado
- Sentencia
- Tramitado el proceso por cobro de beneficios sociales, incoado por Américo Alejandro Garrido Góngora, el
- Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación por ambas partes, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa
- Contra el Auto de Vista, la institución demandada formuló recurso de casación, señalando en síntesis
- Al respecto, el Auto de Vista recurrido de forma irracional desconocería el valor probatorio de
- Prosigue manifestando que, la conjetura a la cual forzadamente llega el Tribunal de apelación respecto
- Indica que, como efecto de la tergiversada valoración de la prueba, reclamada en el acápite
- Violación de la parte final de los arts
- Los referidos artículos disponen inicialmente que la carga de la prueba en materia laboral corresponde
- Para el caso demostraron que la culminación de la relación laboral fue a causa del
- Violación del DS 11478 de 16 de mayo de 1974 e indebida aplicación del art
- Como efecto de la errónea valoración de la prueba de hecho sobre los documentos que
- Violación al art
- La errónea valoración de la prueba de hecho sobre todos los elementos probatorios que fueron
- En ese contexto, solicita se CASE el Auto de Vista recurrido, y en consecuencia declaren
- Sobre la supuesta errónea valoración de prueba de hecho de las notas de abandono de
- Sobre la violación al DS N° 11478, indebida aplicación del art
- Nótese que el desahucio surge como una suerte de pago indemnizatorio al trabajador ante un
- Por otra lado, se advierte que el recurrente persigue que se realice una nueva valoración
- Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
