Auto Supremo AS/0422/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0422/2019

Fecha: 26-Ago-2019

En atención a lo desglosado líneas arriba, tomando en cuenta lo dispuesto en la Constitución,

En atención a lo desglosado líneas arriba, tomando en cuenta lo dispuesto en la Constitución, referido al derecho fundamental, cual es, el derecho a la salud, aplicando lo dispuesto en el art. 13 de la CPE, que con referencia a los derechos fundamentales, refiere que son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos; consecuentemente, en el caso que nos ocupa, el mismo versa sobre el derecho a la salud, derecho fundamental interdependiente del primigenio derecho a la vida, definido como el bien jurídico más importante; entendido como el derecho de toda persona al ser y a la existencia, constituyéndose en su característica esencial y la base para el ejercicio de los demás derechos. Por lo que se puede concluir que, la vida misma es el presupuesto indispensable para que haya titularidad de derechos y obligaciones; siendo un derecho inalienable de la persona que compele al Estado, a respetarlo y protegerlo