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    Auto Supremo AS/0565/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0565/2019-RRC

    Fecha: 05-Ago-2019

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    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • De los memoriales de los recursos de casación interpuestos por Pierre Groleau, Juan Carlos Cochamanidis
    • El recurrente señala que, durante el juicio oral, se apersonó Carlos Jesús Francisco Blacutt Soto
    • Señala que, con este mismo poder su apoderado legal planteó recurso de apelación restringida contra
    • A tal efecto, invoca el Auto Supremo 177/2005 de 27 de mayo, indicando que la
    • Invocando el Auto Supremo 278/2012-RRC de 31 de octubre, denuncia la vulneración de los arts
    • I.1.3. Petitorios
    • El acusador particular solicita se declare procedente su recurso y se deje sin efecto la
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
    • Asimismo, se demostró la existencia de 11 correos electrónicos emitidos desde la cuenta de correo
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra dicha Sentencia, ambas partes en litigio, interpusieron recursos de apelación restringida, bajo los siguientes
    • Señala la existencia de defectos de la Sentencia, como la errónea imposición del quantum de
    • Errónea aplicación de la Ley sustantiva prevista en el art
    • La Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio, tal
    • Defecto comprendido en el art
    • La Sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados, o en defectuosa valoración de
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • El Auto de Vista 83 de 1 de diciembre de 2017, emitido por la Sala
    • La Sentencia condenatoria en relación al delito de Calumnia, se basa en pruebas que fueron
    • En el caso presente el acusador particular, denuncia que el Auto de Vista vulneró los
    • III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
    • Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
    • De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
    • Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. En cuanto al recurso del acusador particular
    • Tal como se observa en el Auto de Admisión, este motivo fue admitido a raíz
    • El derecho a la impugnación se encuentra limitado a las partes legitimadas en el proceso
    • A efectos de resolver el presente recurso es pertinente acudir al contenido del Auto Supremo
    • No existe fundamentación ni congruencia en el Auto de Vista, cuando en el mismo se
    • Ante la evidente infracción de la Norma Adjetiva Penal en la que incurrió el Tribunal
    • Verificado el precedente invocado se observa que contiene doctrina legal aplicable, relativa a que el
    • Existió errónea aplicación de la Ley sustantiva prevista en el art
    • La Sentencia se basó en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente a juicio, conforme
    • Que la Sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados, o en defectuosa valoración
    • Posteriormente, refiere el Tribunal de alzada que si bien es cierto que el abogado del
    • También señala que la Sentencia condenatoria en relación al delito de Calumnia, se basa en
    • Con todos los antecedentes expuestos, es preciso traer a colación la doctrina legal invocada la
    • Al respecto, una vez analizado todo el contenido en cuestión es evidente que no existe
    • Lo anterior significa que el Tribunal de alzada no dio una respuesta fundamentada a todos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque

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