Auto Supremo AS/0565/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0565/2019-RRC

Fecha: 05-Ago-2019

Tal como se observa en el Auto de Admisión, este motivo fue admitido a raíz


Denuncia que al momento de emitirse el Auto de Vista existió vulneración de derechos y garantías constitucionales como víctima a intervenir dentro del proceso penal, infringiéndose las reglas establecidas en los arts. 11, 76, 81 y 394 del CPP, siendo que el Auto de Vista basó la inadmisibilidad de su recurso conforme lo previsto por el art. 396 inc. 2) del CPP y no consideró el poder 232/2017 conferido a su abogado, situación que resultaría contradictoria con el precedente invocado

Tal como se observa en el Auto de Admisión, este motivo fue admitido a raíz de la contradicción que existiría entre el Auto de Vista impugnado y el Auto Supremo 177/2005 de 27 de mayo, por lo que corresonde observar el contenido de su doctrina legal aplicable:
“Existe violación al Derecho, a la Seguridad Jurídica, al Debido Proceso, al principio de legalidad, probidad y justicia proclamados en la Constitución Política del Estado cuando, al emitir resoluciones judiciales, no se respeta el orden jurídico constituido, constituyéndose tales resoluciones en ilegales, contrarias a normas procesales de orden público y de cumplimiento obligatorio, no siendo posible ni admisible atentar contra la firmeza y certeza de situaciones jurídicas establecidas por ley