Auto Supremo AS/0590/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0590/2019-RA

Fecha: 19-Ago-2019

Asimismo invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 346/2013 de 12 de agosto, cuya doctrina


Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 431/2006 de 11 de octubre, 236/2007 de 7 de marzo y 47 de 28 de enero de 2003, los mismos que no serán considerados para el análisis de fondo del presente motivo, debido a que no se advierte el cumplimiento de los requisitos formales para su admisión, observándose la inexistencia de precisión de la contradicción que existiría entre los referidos fallos y el Auto de Vista impugnado, lo cual genera el incumplimiento de los presupuestos establecidos por el art. 417 del CPP.

Asimismo invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 346/2013 de 12 de agosto, cuya doctrina legal establece que las resoluciones judiciales deben encontrarse debidamente fundamentadas, exponiendo todos los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones; asimismo, el tribunal de alzada debe ejercer un riguroso control sobre tal valoración efectuada, controlando si la sentencia deriva de elementos verdaderos y suficientes, el aspecto contradictorio radicaría en que el Auto de Vista emitió su resolución sin haber remediado la falta de fundamentación y motivación en la Sentencia y la falta de control en la valoración de la prueba. Por consiguiente, resulta menester ingresar al análisis de fondo de lo pretendido deviniendo en admisible