ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo el recurrente señalar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado; es decir, este requisito constituye una carga procesal para el recurrente de efectuar la debida fundamentación sobre la existencia de precedentes contradictorios entre la resolución judicial impugnada con otros precedentes consistentes en Autos Supremos emitidos por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia o Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia; los cuales deberán ser expuestos de forma clara y precisa, a partir de la comparación de hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos; especificando en qué consisten los defectos del pronunciamiento impugnado, las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, cuáles serían los preceptos que debieran aplicarse y la solución pretendida
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- i) En esta base, denuncia que el Tribunal de alzada no tomó en cuenta sus
- ii) Con relación a las reglas de la sana crítica, transcribiendo el contenido del art
- Transcribe como fundamento jurídico los arts
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- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
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- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
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- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al segundo motivo, el recurrente hace referencia a que en su recurso de
- Con base en los agravios denunciados, afirma que no se cumplió con la garantía del
- Asimismo invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 346/2013 de 12 de agosto, cuya doctrina
- Con relación al punto invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 32/2012 de 8 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
