Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 620/2019-RRC
Sucre, 20 de agosto de 2019
Expediente : Santa Cruz 8/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Diego López Moreno y otro
Delitos : Estafa y otros
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2018, cursante de fs. 306 a 309, Shirley Jazmi Pérez Velásquez, María Alejandra Ñopo Maldonado, Evaristo Mamani Taquichiri, Carlos Michel Andrade Ramos, en representación legal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 54 de 26 de octubre de 2018, de fs. 286 a 288 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la entidad recurrente contra Diego López Moreno y Leonardo Yujo Chávez, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Falsificación de Sellos, Papel Sellado y Timbres, Falsedad Material y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 335, 190, 198 y 199 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 620/2019-RRC
Sucre, 20 de agosto de 2019
Expediente : Santa Cruz 8/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Diego López Moreno y otro
Delitos : Estafa y otros
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2018, cursante de fs. 306 a 309, Shirley Jazmi Pérez Velásquez, María Alejandra Ñopo Maldonado, Evaristo Mamani Taquichiri, Carlos Michel Andrade Ramos, en representación legal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 54 de 26 de octubre de 2018, de fs. 286 a 288 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la entidad recurrente contra Diego López Moreno y Leonardo Yujo Chávez, por la presunta comisión de los delitos de Estafa, Falsificación de Sellos, Papel Sellado y Timbres, Falsedad Material y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados por los arts. 335, 190, 198 y 199 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.Memorial de oposición a la Salida Alternativa de Procedimiento Abreviado
- II.2.De la Sentencia
- Por Sentencia de 22 de junio de 2018, el Juez de Instrucción Cautelar en lo
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, resolviendo el citado
- III.1. De los precedentes invocados
- La entidad recurrente advierte la contradicción del Auto de Vista impugnado con los preceptos contenidos
- El Auto Supremo 325/2013-RRC de 6 de diciembre, fue emitido por un proceso seguido por
- III.2. Análisis del caso concreto
- La parte recurrente reclama que el Auto de Vista recurrido incurrió en una resolución ausente
- Dicho ello, corresponde enfatizar que la denuncia respecto a un supuesto actuar omisivo por parte
- Por los argumentos expuestos anteriormente y conforme a los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
