Auto Supremo AS/0649/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2019-RA

Fecha: 23-Ago-2019

Asimismo, el recurrente tiene la obligación de invocar el precedente que considere opuesto, con la

Asimismo, el recurrente tiene la obligación de invocar el precedente que considere opuesto, con la respectiva explicación de manera precisa de dicha contradicción advertida con el Auto de Vista impugnado y no limitarse a una cita de excesivos números de AASS, como aconteció en el presente caso, cita en la que se omitió claramente la explicación necesaria del precedente contradictorio con el fallo impugnado mediante su recurso interpuesto; por lo que, las referencias genéricas plasmadas en el recurso que no satisfacen el cabal cumplimiento de los requisitos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite III de esta Resolución, determina la inadmisibilidad del motivo analizado