Auto Supremo AS/0696/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0696/2019-RRC

Fecha: 27-Ago-2019

Radicada la causa en la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, resolvió


Radicada la causa en la Sala Única del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, resolvió el recurso de apelación restringida, mediante el Auto de Vista de 3 de agosto de 2018, que declaró improcedente el recurso planteado; por ende, confirmó la Sentencia apelada, bajo los siguientes fundamentos:

El Tribunal resolvió el incidente el 8 de noviembre de 2017 señalando que Alex Chacón fue notificado mediante orden instruida 6/2017, donde de manera clara y precisa se indica que se habría adjuntado la Acusación Formal y el Decreto de 13 de febrero de 2017, en la devolución que hizo el Juez de la orden consta la acusación a la víctima con la Acusación Formal y el decreto de radicatoria de 30 de marzo de 2017, aspecto que seguramente causó confusión en el policía que realizó la notificación al acusado, quien en vez de colocar decreto de 13 de febrero de 2017, colocó decreto de 30 de marzo de 2016, cuando ese actuado en ningún momento fue enviado nuevamente al Juez Mixto de Puerto Rico, de modo que es imposible que el funcionario policial notifique con un actuado que no fue enviado dentro de la orden instruida 06/2017. Tiene mucha lógica lo que dicen los jueces de primera instancia, porque no se podía notificar una resolución inexistente en la orden instruida, entonces lo que hubo, fue una confusión del funcionario policial que realizó la notificación. Queda claro entonces que al haberse incluido en la orden judicial 06/2017 la providencia de 13 de febrero 2017, la misma fue notificada a Alex Chacón; el hecho que en la diligencia se haya puesto la constancia de la notificación de una resolución no incluida en la orden instruida, no excluye la finalidad de la notificación, es decir, que llegue a conocimiento del interesado