Auto Supremo AS/0802/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0802/2019

Fecha: 22-Ago-2019

En consecuencia, corresponde resolver conforme señala el art. 220.IV del Código Procesal Civil

Bajo este lineamiento se debe señalar que el reclamo formulado en casación, juega un papel gravitante a momento de la resolución de casación, pues esta abre materialmente la competencia de este máximo Tribunal, por lo que se debe tener prudencia en considerar su tratamiento, lo cual supone que este recurso debe ser examinado con el rigorismo que la ley exige, empero, ello siempre a la luz de la flexibilización que tienen los principios procesales establecidos en la citada norma.
En ese contexto, cabe señalar que el recurso de casación de la parte demandada, ha cumplido con los parámetros de admisibilidad establecidos en los arts. 270 y siguientes del Código Procesal Civil, razón por la cual ha merecido la emisión del Auto Supremo de Admisión Nº 305/2019-RA de 03 de abril, en donde claramente se advierte que cumple con la técnica recursiva exigida para el efecto, situación que importa la improcedencia del argumento de defensa vertido por el demandante.
En consecuencia, corresponde resolver conforme señala el art. 220.IV del Código Procesal Civil