Auto Supremo AS/0831/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0831/2019

Fecha: 26-Ago-2019

En ese entendido, si nos detenemos a analizar el Código Procesal Civil, con vigencia plena

En ese entendido, si nos detenemos a analizar el Código Procesal Civil, con vigencia plena a partir del 06 de febrero de 2016, podremos advertir que en su art. 250.I de forma clara señala que: “Las resoluciones judiciales son impugnables, salvo disposición expresa en contrario”, siguiendo esa línea el art. 252 del citado cuerpo normativo señala que: “Los medios de impugnación judicial son: 1. Reposición; 2. Apelación; 3. Casación; 4. Compulsa; y 5. Revisión extraordinaria de sentencia”