CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
a. Tomando en cuenta que el recurso de casación interpuesto por María Antonieta Urquiza Cayu, plantea como petición a este Tribunal la revocación de la resolución recurrida, en ese entendido antes de ingresar al mérito del recurso es pertinente efectuar ciertas consideraciones
DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
a. Tomando en cuenta que el recurso de casación interpuesto por María Antonieta Urquiza Cayu, plantea como petición a este Tribunal la revocación de la resolución recurrida, en ese entendido antes de ingresar al mérito del recurso es pertinente efectuar ciertas consideraciones
- Partes: María Antonieta Urquiza Cayu c/ Domingo Hernán Ayoroa Clavel
- Distrito: Beni
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- Por otro lao refirieron que no se demostró la existencia de un documento falso o
- Y finalmente que la pretensión de declarar la nulidad del proceso ejecutoriado es descaminada ya
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- CONSIDERANDO II
- De la respuesta al recurso
- Señaló que el recurso de casación es una copia del recurso de apelación, además que
- CONSIDERANDO III
- CONSIDERANDO IV
- Cabe referir que el recurso de casación no trata de una tercera instancia, sino es
- De lo manifestado, si bien aquella especificación no constituye una causal de improcedencia del recurso
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- En primer lugar, cabe aclarar que el recurso de casación establece como condición necesaria para
- En ese contexto, sobre la falta de valoración de la prueba testifical, se tiene que
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios del abogado que contestó el recurso de casación en la suma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
