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    Auto Supremo AS/0845/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0845/2019

    Fecha: 27-Ago-2019

    Por otro lao refirieron que no se demostró la existencia de un documento falso o

    Por otro lao refirieron que no se demostró la existencia de un documento falso o ficto, en tal sentido no acontece el motivo ni causa ilícita que señala el art. 549 núm. 3 del Código Civil
    • Partes: María Antonieta Urquiza Cayu c/ Domingo Hernán Ayoroa Clavel
    • Distrito: Beni
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    • Por otro lao refirieron que no se demostró la existencia de un documento falso o
    • Y finalmente que la pretensión de declarar la nulidad del proceso ejecutoriado es descaminada ya
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    • CONSIDERANDO II
    • De la respuesta al recurso
    • Señaló que el recurso de casación es una copia del recurso de apelación, además que
    • CONSIDERANDO III
    • CONSIDERANDO IV
    • Cabe referir que el recurso de casación no trata de una tercera instancia, sino es
    • De lo manifestado, si bien aquella especificación no constituye una causal de improcedencia del recurso
    • b
    • En primer lugar, cabe aclarar que el recurso de casación establece como condición necesaria para
    • En ese contexto, sobre la falta de valoración de la prueba testifical, se tiene que
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regulan los honorarios del abogado que contestó el recurso de casación en la suma
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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