Auto Supremo AS/0486/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0486/2019

Fecha: 24-Sep-2019

En consecuencia, se evidencia que no existe falta de motivación, fundamentación, ni congruencia que vulnere

En cuanto a la congruencia, el recurso de apelación expone como agravios: existe abandono de trabajo y no despido, observando el pago del desahucio; el demandante sólo trabajó hasta el 9 de abril de 2016, indicando que ello consta a fs. 419 y no fue valorado, correspondiendo un nuevo cálculo de los beneficios; que el trabajador adeuda a la empresa Bs8.978.- por fondos de avance recibido en cheque y en efectivo, dinero que no entregó, indicando que la prueba de fs. 252 a 352, no fue tomada en cuenta; que el trabajador no devolvió 25.790.- plántulas que cuestan cada una Bs3.- (tres bolivianos), causando un daño a la empresa de Bs77.370.- (setenta y siete mil trescientos setenta bolivianos); y, que el demandante no se presentó a su confesión provocada y sus testigos no se presentaron, ni justificaron su ausencia, situación que no se consideró. Conforme consta en el primer párrafo vinculado a la verificación de la existencia de motivación y fundamentación necesarias para la validez del Auto de Vista, consta en detalle que el Auto de Vista, resuelve todos los agravios expresados por el apelante; aunque de forma negativa o contraria a sus intereses, el Tribunal de apelación, dio respuesta a todas y cada una de sus expresiones de agravio, por lo que no existe omisión alguna.
En consecuencia, se evidencia que no existe falta de motivación, fundamentación, ni congruencia que vulnere el debido proceso en su elemento defensa o los arts. 115.II de la CPE, 145 y 265.I del CPC, y 158, 159 y 252 del CPT