Auto Supremo AS/0865/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0865/2019-RRC

Fecha: 01-Sep-2019

Aclarar que, efectivamente la revalorización probatoria es el límite en alzada para poder ejercer la


Aclarar que, efectivamente la revalorización probatoria es el límite en alzada para poder ejercer la labor de logicidad y el control de legalidad de la Sentencia, aclarándose que cuando es necesario ingresar a una nueva valoración de los elementos probatorios, necesariamente el Tribunal de apelación deberá aplicar el art. 413 primera parte del CPP, es decir disponer el reenvío al no ser posible reparar directamente el defecto. Así también el mismo articulado en su parte final establece que cuando no sea necesario un nuevo juicio, el Tribunal podrá resolver directamente. Estos dos supuestos, dependiendo el caso en concreto pueden o no ser aplicados por el Tribunal de alzada, siendo que la decisión estará supeditada a las circunstancias que se acrediten en alzada y que requieran o no sustanciación