Auto Supremo AS/0894/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0894/2019

Fecha: 06-Sep-2019

Aludiendo al rechazo de su excepción de prescripción, bajo el argumento de haber

Aludiendo al rechazo de su excepción de prescripción, bajo el argumento de haber sido presentada fuera de término previsto por el art. 125 del Código Procesal Civil y los principios de preclusión, legalidad y seguridad jurídica desestimando su medio de defensa, advierte que en sentencia tomó como confesión espontánea de la parte demandada en el memorial de contestación el cual el A quo lo tuvo por no presentada, en consecuencia siendo evidente que concurre en error in iudicando, este Auto de rechazo a la contestación y declaratoria de rebeldía fue objeto de apelación y confirmado en segunda instancia, por lo que ese actuado no se materializó ni efectivizó dentro del proceso; por consiguiente no se podría considerar un acto procesal inexistente como prueba de confesión espontánea en contra del demandado y a favor del demandante bajo el fundamento de principio de verdad material y formal, habiendo soslayado los arts. 157.III del Código Procesal Civil, art. 1286 del Código Civil y el art. 30 num. 11) de la Ley Nº 025 sobre la verdad material, consecuentemente señala que el art. 125.II de la Ley Nº 439, fue aplicada indebidamente por el juez A quo, al considerar como confesión espontánea el memorial de contestación de la parte demandada, cuando fue tenida por no contestada la demanda, cuando lo correcto era el cumplimiento del art. 134 del Código Procesal Civil, no obstante el Ad quem incurrió en error de hecho al apreciar mal los sucesos de acuerdo la jurisprudencia establecida en el Auto Supremo Nº 293/2013 de 7 de junio