Auto Supremo AS/0894/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0894/2019

Fecha: 06-Sep-2019

Observa que si se hubiera producido prueba en segunda instancia hubiera verificado que los actores

El recurrente arguye que el fallo de segunda instancia no se pronunció sobre sus agravios de forma fundamentada y motivada ni sobre la intervención de un tercero interesado y la producción de la prueba en segunda instancia, resultando ser una resolución citra petita o silencio omisivo, vulnerando los principios de congruencia, razonabilidad y equidad, además de los arts. 180.I de la Constitución Política del Estado, concordante con los arts. 4, 5, 213.II y III, 264 y 265 del Código Procesal Civil, debido proceso, derecho a la defensa e igualdad procesal y provocando errores in procedendo, por cuanto sobre el inmueble pesa una hipoteca a favor del Banco Mercantil Santa Cruz S.A. emergente de una acreencia contraída por los demandantes, por lo que no se podría restituir el derecho propietario a favor de AVANTIA S.A. y por ende no cumpliría con la sentencia.
Observa que si se hubiera producido prueba en segunda instancia hubiera verificado que los actores están en posesión del inmueble ejerciendo titularidad y dominio, citando como jurisprudencia los Autos Supremos Nros. 450/2018 de 7 de junio, 367/2014 de 5 de septiembre, 099/2014 de 2 de octubre y 376 de 26 de septiembre de 2012, además de las Sentencias Constitucionales Nros. 0765/2015 de 8 de julio y 1351/2003-R de 16 de septiembre