Auto Supremo AS/0920/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0920/2019

Fecha: 16-Sep-2019

A efectos de dar respuesta al recurso de casación de debe realizar las siguientes consideraciones:

A efectos de dar respuesta al recurso de casación de debe realizar las siguientes consideraciones: Según el autor Jaime Ovando O. en su texto Títulos Valores en la pág. 53 retomando al tratadista español pedro Huguet y Campaña define la letra de cambio como: “Una moneda fiduciaria, porque no se reduce simplemente a representar meramente el título fehaciente del cambio mercantil en ella expresado, no es únicamente una escritura solemne otorgada entre las personas concurrentes al contrato, sino que además sirve de verdadero signo de crédito, y, por lo tanto, en cierto grado goza de carácter de moneda fiduciaria, pues así como los billetes de Banco tienen un valor metálico, no por el precio intrínseco del papel en el que vienen consignados, sino por la garantía del establecimiento que los emite, de igual manera la letra de cambio representa un valor efectivo basado en la responsabilidad de la persona que lo crea y que en consecuencia se obliga”