Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0935/2019
Fecha: 17-Sep-2019
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Partes: Félix Chile Blanco c/Jorge Terrazas Terceros
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en
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Distrito: Santa Cruz
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CONSIDERANDO I
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De esta manera, Jorge Terrazas Terceros según memorial de fs
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De esta manera, al considerar el citado Tribunal que la falta de motivación en las
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CONSIDERANDO II
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Por los fundamentos expuestos solicita se case el auto de vista recurrido
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De la respuesta al recurso de casación
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De la revisión de obrados, se advierte que por memorial que cursa de fs
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- Refirió que la Sentencia Constitucional Nº 0666/2016 de 15 de junio, de manera categórica
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- De igual forma refiere que existiría la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0171/017-S1 de 10
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- Refirió que la Juez de la causa no podría declarar la improponibilidad de la
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En razón a dichos fundamentos solicitó se declare improcedente el recurso de casación interpuesto por
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Atentos a tales antecedentes diremos que
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III
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En tal sentido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente, si bien
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III.2. De la inviabilidad de acusar reclamos de fondo contra un Auto de Vista anulatorio
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Con relación a este extremo, este Tribunal Supremo de Justicia emitió, entre otros fallos, el
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CONSIDERANDO IV
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En ese entendido, de la revisión minuciosa de los fundamentos en los cuales se sustenta
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En virtud a lo acusado, amerita remitirnos a la resolución que es objeto de la
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De esta síntesis se colige que la razón que motivó a los Vocales suscriptores del
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Por lo expuesto, corresponde acoger lo denunciado por la parte demandada, ahora recurrente, en razón
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Consiguientemente, se debe emitir resolución en la forma prevista por el art
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales del Tribunal de segunda instancia
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De conformidad a lo previsto en el art
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu
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