Auto Supremo AS/0986/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0986/2019

Fecha: 25-Sep-2019

La empresa recurrente expone que no se realizó un estudio adecuado de la pretensión, porque

La empresa recurrente expone que no se realizó un estudio adecuado de la pretensión, porque sería sesgado no interpretar que el monto solicitado es una sumatoria de otros; sin embargo, la entidad recurrente omite en su argumento recursivo considerar que la exposición de hechos de su demanda, cursante de 236 a 243 vta., se traduce en la pretensión de condena al pago de una obligación pendiente, por lo cual estableció en el punto 1) de su petitorio que se condene al obligado el cumplimiento de una prestación positiva de obligación de pago de suma de Bs. 195.172,60 (ciento noventa y cinco mil ciento setenta y dos 60/100) por la efectiva supervisión técnica del proyecto, sin que esa pretensión estuviera sujeta a una especificidad de pagos parciales; en ese sentido, los hechos propuestos y la pretensión solicitada estuvo enmarcada dentro el principio dispositivo, siendo la parte demandante quien define el contenido y alcance de la pretensión cuya satisfacción intenta, en virtud al cual los límites del objeto del proceso son dados por las partes, careciendo el juez de la facultad de modificarlos, debiendo resolverse la controversia en el marco de la debida congruencia con los límites impuestos por la pretensión y la defensa; por lo que no se evidencia que el Tribunal de alzada hubiera realizado una interpretación incorrecta de la pretensión del recurrente, habiendo procedido la sentencia de grado en el marco del art. 213.I del Código Procesal Civil, no siendo evidente el reclamo