Auto Supremo AS/0989/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0989/2019

Fecha: 25-Sep-2019

Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto

En lo pertinente se debe precisar que el recurso de casación revisa la resolución emitida por el Tribunal de segunda instancia, y del examen del Auto de Vista respecto al reclamo, el mismo ya subsanó los errores cometidos por el A quo mediante la aplicación de normas relativas a la Ley Nº 603 Código de las Familias y del Proceso Familiar manifestando: “Sobre la incorrecta cita de las normas jurídicas en las que habría incurrido el fallo, debe recordarse que el art. 257.II del Código Procesal Civil indica que: “No se consideraran como causales de apelación los errores de derecho que no afectaren la parte resolutiva de la sentencia”, lo que significa que los errores denunciados no amerita defectos absolutos, menos aún afecta la determinación asumida por los de instancia, que este Tribunal Supremo comparte criterio. No existiendo errónea aplicación del art. 213.II num. 3) de la norma adjetiva de la materia como erradamente supone el recurrente.
Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto por el art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil