VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 989/2019
Fecha: 25 de septiembre de 2019
Expediente: SC-89-19-S.
Partes: Pablo Julio Germán Rubio Cronembold c/ Rosario Montaño Bicudo.
Proceso: Nulidad de contrato y otro.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1270 a 1272 vta., interpuesto por Pablo Julio Germán Rubio Cronembold contra el Auto de Vista Nº 244/2019 de 24 de mayo, que cursa de fs. 1266 a 1268 vta., pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de nulidad de contrato y otro, seguido por el recurrente contra Rosario Montaño Bicudo, la contestación cursante de fs. 1276 a 1279, la concesión a fs. 1280, el Auto Supremo de admisión Nº 740/2019-RA; y todo lo inherente
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 989/2019
Fecha: 25 de septiembre de 2019
Expediente: SC-89-19-S.
Partes: Pablo Julio Germán Rubio Cronembold c/ Rosario Montaño Bicudo.
Proceso: Nulidad de contrato y otro.
Distrito: Santa Cruz.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1270 a 1272 vta., interpuesto por Pablo Julio Germán Rubio Cronembold contra el Auto de Vista Nº 244/2019 de 24 de mayo, que cursa de fs. 1266 a 1268 vta., pronunciado por la Sala Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de nulidad de contrato y otro, seguido por el recurrente contra Rosario Montaño Bicudo, la contestación cursante de fs. 1276 a 1279, la concesión a fs. 1280, el Auto Supremo de admisión Nº 740/2019-RA; y todo lo inherente
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO I
- El Tribunal de alzada señaló que no puede dejarse de lado que el Código de
- Concluyó que, no se aprecia la existencia de la causa ilícita en el documento demandado
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
- Solicitó que este Tribunal Supremo interpretando correctamente las normas citadas en el recurso de casación
- De la respuesta al recurso de casación
- La parte demandada contestó el recurso de casación manifestando que lo que se realizó con
- Sosteniendo en definitiva que la autoridad judicial competente, de forma cristalina basa su decisión declarando
- Peticionando se declare infundado el recurso de casación planteado
- III.1. Del per saltum
- El art 272 del Código Procesal Civil de forma expresa estableció como un requisito de
- Por otro lado, el mismo artículo en su parágrafo segundo sostiene sobre la legitimación en
- Este Tribunal Supremo en el Auto Supremo N° 327/2017 de 30 de marzo orientó: “En
- Asimismo en el Auto Supremo Nº 158/2014 de fecha 14 de abril de 2014, se
- Conforme a la cita de la enciclopedia OMEBA, Tomo I, sobre los actos propios, se
- CONSIDERANDO IV
- De esta forma, al incorporar nuevos agravios al margen de aquellos que fueron contemplados en
- Al respecto, corresponde señalar que conforme emerge del Instrumento Público N° 1645/2011 de 29 de
- Fundado lo anterior, el demandante ahora recurrente hizo conocer en forma expresa mediante Testimonio N°
- Respecto al Auto Supremo N° 148/2007 de 22 de marzo señaló: “Bajo este marco normativo,
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- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
