Auto Supremo AS/0995/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0995/2019

Fecha: 26-Sep-2019

De lo cual se infiere que la Juez y el Auto de Vista al ratificar

De lo cual se infiere que la Juez y el Auto de Vista al ratificar dicha resolución, rehusaron la valoración integral de medios probatorios aportados en el proceso, lo cual constituye ser un presupuesto propio de las reglas de un debido proceso, que tome en cuenta el fin plasmado en el art. 10 de la Constitución Política del Estado, siendo deber de los administradores de justicia otorgar certidumbre con sus fallos, que una adecuada valoración se vincula siempre a la seguridad jurídica con el propósito de asegurar certidumbre con el fin de consolidar la paz social anhelada por los justiciables, asimismo, corresponde en aras de la verdad material, principio previsto en el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, que los jueces dejen de lado la verdad formal que pueda limitar o restringir la verdad de la percepción de los hechos, puesto que esta última daría lugar a una decisión injusta que no responda a los valores consagrados en la Constitución Política del Estado, dando lugar a decisiones que lejos de coadyuvar a la justicia y la paz social, estarían quebrantándola más