Auto Supremo AS/0995/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0995/2019

Fecha: 26-Sep-2019

De tal forma que, habiéndose establecido yerro en la valoración de las pruebas, se tiene

En relación a ello, la juzgadora intentó precisar las antenas de Entel sin visualizar las mismas, basándose en simples enunciados de algunas personas, de lo cual se concluye que dichas antenas a la fecha ya no existen y que el razonamiento de la A quo fue enteramente subjetivo y equivocado.
De tal forma que, habiéndose establecido yerro en la valoración de las pruebas, se tiene que el análisis y fundamentación de los de instancia también fue equivocado, por tanto, determinándose el mejor derecho propietario para la demandante, corresponde acoger por lógica consecuencia la reivindicación pretendida, tal como establece la doctrina en el acápite III.2. de la presente resolución, en ese entendido los demandados deberán restituir la parte de terreno que estaría sobrepuesta al terreno de la demandante, correspondiendo al A quo previo cotejo y determinación con la pericia ya efectuada, se proceda a devolver esa porción de terreno a su legítima propietaria Isabel Benedicta Quispe Vda. de Medrano