Auto Supremo AS/0996/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0996/2019

Fecha: 26-Sep-2019

-Del mismo modo, por minuta de 20 de mayo de 2006, protocolizada en la Escritura

-Por minuta de fecha 5 de marzo de 2002, que fue protocolizada en la Escritura Pública Nº 103/2002 de 2 de abril, Gregorio Cruz Gutiérrez adquirió en calidad de compra un bien inmueble de 150 m2 ubicado en la Urbanización Villa Tilala. (fs. 13 a 14), que fue registrada en Derechos Reales bajo la Matrícula Computarizada Nº 2.08.1.01.0003897 en fecha 23 de noviembre de 2002 solo a nombre de Gregorio Cruz Gutiérrez. (formulario de fs. 12)
-Del mismo modo, por minuta de 20 de mayo de 2006, protocolizada en la Escritura Pública Nº 187/2006 de 24 de mayo, Gregorio Cruz Gutiérrez adquirió en calidad de venta otro bien inmueble de 240 m2 de superficie, ubicado en la actual zona de Villa Yunguyo (fs. 156 a 157), transferencia que fue registrada en Derechos Reales el 27 de junio de 2006, solo a nombre de Gregorio Cruz Gutiérrez tal como se tiene de la Matrícula Computarizada Nº 2.01.4.01.0083304 (fs. 8 y 155)