Auto Supremo AS/1004/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1004/2019

Fecha: 26-Sep-2019

A efectos de resolver las acusaciones del recurrente, es imprescindible contextualizar los hechos que dieron

A efectos de resolver las acusaciones del recurrente, es imprescindible contextualizar los hechos que dieron lugar al acto de postulación de la demanda de nulidad de declaratoria de herederos, nulidad de escritura pública y cancelación en el registro de Derechos Reales de fs. 31 a 34 vta., subsanada de fs. 37 a 39 y a fs. 61, que pretende en lo principal la nulidad de la Resolución Nº 524/2014 de 14 de octubre, por el que Martha Bailey se hizo declarar heredera de Adalid Amonzabel Alcázar, a lo que propuso como hechos de su pretensión que la demandada contrajo matrimonio con el de cujus el 02 de marzo de 1968, mismo que fue disuelto por sentencia ejecutoriada de divorcio el 21 de octubre de 1980 y que por un acuerdo transaccional se llegó a dividir un inmueble de 200 m2 ubicado en la Calle 13, manzana J, N° 1003 de la zona de Alto Seguencoma de la ciudad de La Paz, quedando el 50 % a nombre de su finado padre, inscrito bajo la Matrícula Computarizada N° 2.01.99.0200320, en tal sentido Martha Bailey habría inscrito un derecho sucesorio fraudulento sobre el referido bien inmueble