Auto Supremo AS/1014/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1014/2019

Fecha: 30-Sep-2019

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2. Señaló que el Tribunal Ad quem mencionó la falsedad de la transferencia de 02 de febrero de 2000 suscrita entre Oscar Jimmy Alpire Ulloa y Nelson Alpire Ulloa, sin haberse demostrado mediante sentencia ejecutoriada la nulidad o anulabilidad de la transferencia de Nelson Alpire Ulloa a favor de Martín Chambi Charca.
3. Explicó que su derecho se origina de títulos legítimos, proveniente de Juan Francisco Alpire López, luego por declaratoria de herederos y por partición además adjudicación voluntaria pasó a ser propiedad de Guillermo, Celia, Elsa, Hugo, Dalia, Oscar y Elda Alpire Ascarrunz, siendo que en presente proceso importa la propiedad correspondiente a Dalia Alpire Ascarrunz, debido a que transfirió 85 ha. a Nelson Alpire Ulloa y una vez ampliada el radio urbano a través de la Ordenanza Municipal N° 006/78 de 10 de abril 1978, es que el recurrente adquirió los lotes N° 10 y 11 de Nelson Alpire Ulloa, mientras que los títulos emergentes de los demandados serían ilícitos por un fraudulento proceso de intervención, reversión y dotación y un poder anulado