Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1015/2019
Fecha: 30-Sep-2019
Respuesta a los recursos
Respuesta a los recursos
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Expediente: O-22-19-S
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Partes: René Callejas Monje c/ Martín Santos Quispe Macuchapi y otros
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Proceso: Acción negatoria y reivindicación
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Distrito: Oruro
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Razonó que la excepción de llamamiento a terceros ya fue resuelta en audiencia preliminar de
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Detalló que no es evidente la falta de congruencia en la sentencia, ya que el
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Enfatizó que el juez de primera instancia obró con mesura y objetividad al tomar las
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CONSIDERANDO II
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Recurso de casación de Martin Santos Quispe Macuchapi, Serapio Chura Huanca, Marina Ajno Cruz de
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Por lo que solicitó que este Tribunal anule obrados
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Respuesta a los recursos
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Señaló que los demandados desde el inicio del proceso buscaron dilatar el mismo, tal como
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Concluyó pidiendo que este Tribunal declare infundado del recurso de casación planteado
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CONSIDERANDO III
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III.2. Del principio de congruencia
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En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
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De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
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CONSIDERANDO IV
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Previamente cabe establecer el alcance efectivo de las nulidades procesales, entre las razones que vinculan
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Por otra parte, al haberse integrado al litigio como terceros a Gever Orlando Chanez Argandoña,
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Por otra parte, en relación a la falta de congruencia que acusan los recurrentes por
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Por lo señalado anteriormente, si bien en el informe pericial aludido se llegó a establecer
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En relación a lo acusado, es válido enfatizar que el mismo ya fue objeto de
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Asimismo, no es evidente que se omitió la valoración de las pruebas aportadas por los
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De igual forma las pruebas aportadas por los demandados de fs
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Del recurso de casación interpuesto por Martin Santos Quispe Macuchapi, Serapio Chura Huanca, Marina Ajno
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Por lo que corresponde resolver el recurso de casación en la forma prevista por el
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regula honorarios profesionales para el abogado que contestó el recurso en la suma de
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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