Asimismo indicó que, si bien los bienes se presumen comunes, sin embargo, dicha presunción tiene
Asimismo indicó que, si bien los bienes se presumen comunes, sin embargo, dicha presunción tiene una excepción, los bienes propios significan un límite a la comunidad ganancial, por lo que señaló que en cuanto al pago de cesantía la Ley de Seguro Social Militar señala que este pago va en favor de quien fue cesado de sus funciones como miembro de las Fuerza Armadas asimilándose pago similar al de una jubilación renta que es considerada como bien propio, por lo que concluyó que el juez que conoció la causa no vulneró el derecho al debido proceso actuando la autoridad judicial conforme a los hechos fácticos y jurídicos del proceso
- Partes: Arturo Veizaga Araoz c/ Mónica Ximena Galarza Lora
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- Posteriormente, Arturo Veizaga Araoz mediante memorial de fs
- A momento de plantear apelación la demandada no consideró que la resolución versa sobre la
- Asimismo indicó que, si bien los bienes se presumen comunes, sin embargo, dicha presunción tiene
- Por otro lado, manifestó que la pretensión de la apelante debió ajustarse a la prescripción
- 3
- CONSIDERANDO II
- b) Que le Tribunal de alzada debe circunscribirse a los puntos apelados en la sentencia,
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case o se anule
- CONSIDERANDO III
- Con relación al Auto de Vista emergente de la apelación y Autos Interlocutorios pronunciados en
- Una de esas limitantes que impone la indicada norma procesal, la encontramos en el art
- Adviértase que la indicada norma legal es imperativamente restrictiva, pues de un lado, define expresamente
- En el caso presente, el recurrente haciendo referencia al fenecido proceso de divorcio seguido en
- En virtud a lo expuesto en la doctrina aplicable al caso de autos, corresponde a
- En ese contexto y de la revisión de obrados, se advierte que en el caso
- De estas consideraciones, se infiere claramente que el Auto de Vista contra el que se
- Por los fundamentos precedentemente vertidos, corresponde emitir fallo conforme a lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
