Auto Supremo AS/0106/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Con relación a que existió errónea aplicación de la Ley adjetiva que generó un defecto


Con relación a que existió errónea aplicación de la Ley adjetiva que generó un defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP emergente de la resolución del procedimiento abreviado; revisada el acta de audiencia pública de juicio se establece que es evidente que se dictó una sentencia para negar el procedimiento abreviado; siendo lo correcto, negar dicha solicitud mediante un auto interlocutorio; sin embargo, esta situación de ninguna manera el Tribunal de Sentencia emitió un criterio de la responsabilidad penal en el hecho atribuido a tiempo de rechazar el procedimiento abreviado, resultando esta situación a criterio del Tribunal de alzada sin trascendencia; es decir , no es un defecto procedimental que provoque indefensión material y además sea determinante para la decisión judicial adoptada en el proceso, de manera tal que de no haberse producido dicho defecto el resultado sería el mismo, correspondiendo en consecuencia negar esta denuncia