Auto Supremo AS/0122/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2020-RRC

Fecha: 29-Ene-2020

Ahora bien, respecto al argumento de la supuesta lógica en la valoración de los hechos


Ahora bien, respecto al argumento de la supuesta lógica en la valoración de los hechos por el juzgador que hubiere señalado el Tribunal de alzada, se tiene, que si bien a tiempo de resolver el agravio referente a la inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva e inobservancia de las reglas previstas para la redacción de la sentencia, el Tribunal de alzada concluyó que el Tribunal a quo actuó bajo un ordenamiento lógico ya que no se contradice o sale del marco legal normativo; y, en relación al segundo agravio referente a la no fundamentación de la Sentencia y contradicciones en sí misma, el Tribunal de alzada señaló que el Tribunal A quo, aplicó el principio lógico en relación a las pruebas en las que basó sus conclusiones; dichos fundamentos no emergen de una nueva valoración a alguna prueba testifical, menos establece ni tiene como probado o no probado hechos nuevos que desvirtúen o modifiquen los hechos establecidos y tenidos como probados en Sentencia, por lo que dichas afirmarse no constituyen una labor de revalorización de las pruebas