Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0122/2020-RRC
Fecha: 29-Ene-2020
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Por memorial presentado el 30 de julio de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia de 8 de junio de 2009 (fs
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Contra la referida Sentencia, el imputado Edson José Sanabria Vía, interpuso recurso de apelación restringida
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación; y, del Auto Supremo 826/2019-RA de 17 de septiembre,
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Manifiesta el recurrente que en la formulación de su recurso de apelación restringida denunció los
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El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, disponiendo que el
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 826/2019-RA de 17 de septiembre, cursante de fs
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II.1.De la Sentencia
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Por Sentencia de 8 de junio de 2009, el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal
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Edson José Sanabria Vía le dio un golpe de puño a Raúl Vía Lazarte a
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II.2. Del recurso de apelación restringida
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Inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva e inobservancia de las reglas previstas para
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No fundamentación de la Sentencia y contradicciones en sí misma; ya que, no contiene la
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Sentencia basada en hechos no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba; ya que,
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba a través del Auto
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III.1. De los precedentes invocados
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El recurrente invocó el Auto Supremo 104 de 20 de febrero de 2004, que fue
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También invocó, el Auto Supremo 14/2013-RRC de 6 de febrero, que fue dictado por la
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De los precedentes invocados, corresponde precisar que el primero, resolvió una temática procesal similar a
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III
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Antes de ingresar al análisis del caso concreto, corresponde precisar, que en el régimen procesal
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Entonces, la actuación desarrollada por el juez o Tribunal es controlada por el Tribunal de
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III.3. Análisis del caso concreto
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Sintetizada la denuncia en la que el recurrente señala, que en la formulación de su
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Ingresando al análisis del presente recurso, resulta necesario acudir a los antecedentes del proceso; en
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Sobre las problemáticas planteadas el Auto de Vista impugnado abrió su competencia y desestimó los
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En cuanto al agravio referente a la no fundamentación de la Sentencia y contradicciones en
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Finalmente, en relación al reclamo referente a que la Sentencia estaría basada en hechos no
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De esa relación necesaria de antecedentes procesales, no resulta evidente que el Auto de Vista
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Ahora bien, respecto al argumento de la supuesta lógica en la valoración de los hechos
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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