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    Auto Supremo AS/0401/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0401/2020

    Fecha: 02-Oct-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: SC-33-20-A
    • Proceso: Fraude procesal de proceso de divorcio
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO II
    • Afirma también, que el Tribunal de apelación, inobservó que el nuevo Código de las Familias
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Corrido en traslado el recurso de casación, no hubo respuesta al mismo
    • CONSIDERANDO III
    • La jurisprudencia constitucional desarrolló el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R de
    • De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
    • En este entendido, este Tribunal Supremo de Justicia orientó a través del Auto Supremo Nº
    • De igual forma, a través del Auto Supremo Nº 254/2014 se orientó que: “La inobservancia de
    • Asimismo, y ahondando un poco más en la incongruencia omisiva, es menester señalar que el
    • Continuando, es importante considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho al debido
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia, la
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad, que
    • III.2. Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
    • Previamente se debe tener presente que el art
    • Por lo que al ser aplicable a cuestiones para subsanar cuestiones formales de las resoluciones
    • En este marco, se concluye que cuando se alegue incongruencia omisiva en la resolución impugnada,
    • Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
    • Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
    • De la revisión de los motivos del recurso de casación se desprende que contienen en
    • Con relación a los motivos 1) y 2) del recurso de casación referidos a que
    • Del análisis de los reclamos formulados por el recurrente que acusa
    • Con base en lo anteriormente señalado se tiene que en el presente
    • Concluyendo con la petición de que se declare el fraude procesal en que se incurrió
    • Posteriormente el juez de la causa por Auto de 14 de noviembre de 2018 a
    • Es así, que el Tribunal de apelación acudiendo a la amplia doctrina y jurisprudencia
    • De lo expuesto se concluye que el Tribunal de alzada, contrariamente a lo acusado, hizo
    • Sin embargo, al margen de lo ya expuesto es menester aclarar que si la parte
    • Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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