Auto Supremo AS/0405/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2020

Fecha: 02-Oct-2020

Este derecho, no únicamente se encuentra consagrado en nuestro orden jurídico interno, pues la Corte

Este derecho, no únicamente se encuentra consagrado en nuestro orden jurídico interno, pues la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en diferentes fallos a establecido, también, los alcances del derecho a la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, verbigracia de ello tenemos el Caso Apitz Barbera y otros Vs. Venezuela, donde la Corte ha razonado que el deber de motivar las resoluciones es una garantía vinculada con la correcta administración de justicia, que protege el derecho de los ciudadanos a ser juzgados por las razones que el derecho suministra, y otorga credibilidad a las decisiones jurídicas en el marco de la sociedad democrática, en ese mismo sentido en el Caso Tristán Donoso Vs. Panamá, ha resaltado que las decisiones que adopten los órganos internos que puedan afectar derechos humanos deben estar debidamente fundamentadas, pues de lo contrario serian decisiones arbitrarias. En este sentido, la argumentación de un fallo debe demostrar que han sido debidamente tomados en cuenta los alegatos de las partes y que el conjunto de pruebas ha sido analizado