Auto Supremo AS/0405/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0405/2020

Fecha: 02-Oct-2020

Por todo lo expuesto corresponde dictar resolución de acuerdo al mandato legal inmerso en el

De ahí que en este caso no resulta evidente que la decisión impugnada emerja de un presunto registro anterior en favor del demandante, puesto que otros fueron los razonamientos que condujeron a los juzgadores de grado para desestimar la apelación revisada, por lo cual no corresponde acoger los reclamos del GAMSC, ya que el fallo recurrido se encuentra debida y claramente motivada y fundamentada y cumple con las exigencias del art. 115.II del CPE en relación a los razonamientos vertidos por la CIDH y las exigencias diseñadas por las jurisprudencia constitucional.
Por todo lo expuesto corresponde dictar resolución de acuerdo al mandato legal inmerso en el art. 220.II del Código Procesal Civil