Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde ingresar al análisis de las
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde ingresar al análisis de las acusaciones formuladas en la casación:
La representación del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz (GAMSC), en el punto 1) del recurso de casación, acusó que el Tribunal de alzada violó flagrantemente los arts. 11, 12 y 15 de la Ley del Órgano Judicial.
Sustenta esta acusación argumentando que el Ad quem omitió considerar los antecedentes del trámite administrativo iniciado en contra del actor y lo verificado en el Auto de Vista Nº 242/2019 referente la jurisdicción contenciosa administrativa, debido a que en este proceso se realiza una interpretación errónea o aplicación indebida de la ley para disponer que se mantengan firmes las actuaciones tramitadas por un juez incompetente
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde ingresar al análisis de las acusaciones formuladas en la casación:
La representación del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz (GAMSC), en el punto 1) del recurso de casación, acusó que el Tribunal de alzada violó flagrantemente los arts. 11, 12 y 15 de la Ley del Órgano Judicial.
Sustenta esta acusación argumentando que el Ad quem omitió considerar los antecedentes del trámite administrativo iniciado en contra del actor y lo verificado en el Auto de Vista Nº 242/2019 referente la jurisdicción contenciosa administrativa, debido a que en este proceso se realiza una interpretación errónea o aplicación indebida de la ley para disponer que se mantengan firmes las actuaciones tramitadas por un juez incompetente
- Proceso: Mejor derecho propietario y otros
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO II
- Denunció falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista, argumentando que todo administrador de
- Finalmente, reclamó la falta de valoración de la prueba, indicó que el Tribunal de alzada
- CONSIDERANDO III
- Sobre este particular, la SC Nº 0012/2006-R de 4 de enero, razona: “La motivación de
- A ese respecto la SC Nº 2023/2010-R de 9 de noviembre también establece: “…la motivación
- En ese mismo entendido, en la SCP Nº 0903/2012 de 22 de agosto, señala que:
- Finalmente la SCP Nº 0075/2016-S3 de 8 de enero, sobre este tema ha sintetizado señalando:
- Por lo expuesto se puede colegir, que para el cumplimiento del debido proceso en sus
- Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde ingresar al análisis de las
- Para el análisis de este cuestionamiento cabe remitirnos a los antecedentes de la presente causa
- Esta determinación fue impugnada por Guido Yucra Maturana y Julio Escobar Álvarez a través de
- Ahora bien, de esta relación de antecedentes, se observa que el debate concerniente a la
- En los reclamos expuestos en los puntos 2) y 3) de la casación, el GAMSC,
- En ese marco, reclama que el Ad quem no ha realizado una explicación de las
- Al respecto, cabe tener presente que el derecho a la fundamentación y motivación como parte
- Este derecho, no únicamente se encuentra consagrado en nuestro orden jurídico interno, pues la Corte
- Se entiende que estas aseveraciones desprenden del análisis de todos los argumentos de las partes,
- Por todo lo expuesto corresponde dictar resolución de acuerdo al mandato legal inmerso en el
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
