Contra la mencionada Sentencia, el imputado Daniel Coronado Guzmán formuló recurso de apelación restringida (fs
Por Sentencia 37/2018 de 26 de julio (fs. 813 a 821 vta.), el Juzgado Noveno de Sentencia Penal y Anticorrupción y Violencia contra la Mujer del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Daniel Coronado Guzmán, autor del delito de Violencia Familiar o Doméstica, previsto por el art. 272 Bis del CP, imponiendo pena privativa de libertad de dos años y absuelto del delito de Violencia Física en razón a que la prueba aportada no fue suficiente para generar la convicción sobre su responsabilidad penal.
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Daniel Coronado Guzmán formuló recurso de apelación restringida (fs. 876 a 887), que fue resuelto por Auto de Vista 82 de 30 de noviembre de 2018, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró su improcedencia, manteniendo incólume la Sentencia impugnada, motivando la interposición del recurso de casación
- Por memorial presentado el 11 de febrero de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Daniel Coronado Guzmán formuló recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación de Daniel Coronado Guzmán; y, del Auto Supremo 794/2019-RA
- El recurrente solicita, se deje sin efecto el “Auto de Vista No
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 794/2019-RA de 10 de septiembre, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 37/2018 de 26 de julio, el Juzgado Noveno de Sentencia Penal y Anticorrupción
- II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado
- Errónea e inexistente fundamentación descriptiva de la Sentencia y errónea apreciación de la prueba, por
- En cuanto a las pruebas documentales producidas por el Ministerio Público consistentes en PD-1 (acta
- Respecto a las documentales de descargo producidas por su defensa signadas como PD 2 y
- En cuanto a las pruebas periciales producidas por la defensa el Juez cometió error en
- La Sentencia no hace una fundamentación analítica o intelectiva en cuanto a las pruebas producidas,
- Respecto al defecto previsto por el art
- En cuanto al defecto de sentencia previsto por el art
- Añade, que la sentencia cumplió con las reglas establecidas en relación a la fundamentación y
- En el presente caso, ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, este Tribunal admitió
- III
- En el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está regida por el
- Entonces, la actuación desarrollada por el juez o Tribunal es controlada por el Tribunal de
- III.2. Análisis del caso concreto
- Reclama el recurrente que el Auto de Vista impugnado incurrió en revalorización del dictamen pericial
- Conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la emisión de la
- De la fundamentación expuesta respecto al primer punto que cuestiona el recurrente, se advierte que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A efectos de lo previsto por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
